Controversia por cambio en sanción por accidentes laborales

Mediante decreto de urgencia, el Estado modificó el artículo del Código Penal que regula la responsabilidad penal del empleador en caso de que suceda un accidente de trabajo en el centro de labores y que resulte en lesiones graves o en la muerte del trabajador. La modificación eliminó el párrafo final del artículo el cual indicaba que el empleador se encontraba exonerado de responsabilidad penal si el accidente había ocurrido por descuido del trabajador, siempre que el empleador haya contado con medidas de seguridad y salud en el trabajo. 


Pese a que el cambio haría parecer que ahora las empresas serían responsables penalmente cuando sucediesen accidentes de trabajo por descuido del trabajador, el Ministerio de Trabajo asegura que esto no es así. 
“Debe existir por parte del empleador una conducta dolosa consistente en infringir deliberadamente las normas de seguridad y salud en el trabajo”, aseguraron en sus declaraciones a Gestión, indicando que es necesario que la conducta del empleador cause el accidente para que se pueda configurar el delito. 
Germán Lora, socio del estudio Damma, señala que aun si el ministerio garantiza que los empleadores que no hayan incurrido en dolo no serán sancionados, la eliminación de la sección del artículo que eximia a los empleadores de manera expresa igual generaría problemas y costos adicionales para las empresas. 
“Habiendo consultado con varios abogados penalistas, están de acuerdo que esto va a generar un sobrecosto para las empresas, quienes ahora deberán probar judicialmente su falta de dolo, cuando anteriormente el proceso ni hubiera iniciado. En todo caso, ¿por qué se removió este párrafo si de igual manera no habrá responsabilidad para los empleadores por negligencia del trabajador?”, señaló.



Casilla electrónica de Sunafil

Mediante decreto supremo se ha creado la casilla electrónica especial para notificaciones de Sunafil, la cual le permitirá a la entidad notificar toda actuación o acto procedimental a todas las empresas en el Perú registradas en el RUC, las cuales calculan son alrededor de 2 millones, según la entidad. Con el fin de poder lograr esto todas las empresas formales deberán crear una casilla electrónica y revisarla periódicamente por notificaciones de Sunafil. Su implementación será “progresiva” e iniciará en marzo, comenta Sunafil. De acuerdo a la entidad, el uso de la casilla reducirá el tiempo de notificación de ocho días a “menos de 30 minutos”

Fuente: gestión.pe



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