Multan con S/ 58 millones por inseguridad en lugar de trabajo

En lo que va del año, Sunafil cerró 9,896 procedimientos de inspección y sanción por asuntos relacionados con seguridad y salud en el trabajo, de los cuales 1,082 casos terminaron en resoluciones de primera instancia, con la aplicación de multas por S/ 40’487,156 a empresas infractoras, mientras que en segunda instancia hubo 403 resoluciones con sanciones pecuniarias por S/ 17’967,433. 


Estas cifras (1,485 casos sancionados, por más de S/ 58 millones), demuestran un incremento exponencial en la cantidad de investigaciones tratadas por Sunafil, pues en el 2018 realizó 7,063 procedimientos de inspección, y en el 2017 ejecutó 4,932. 
En tanto, luego de la reciente muerte de dos trabajadores de un local de McDonald’s, el Gobierno publicó esta semana un decreto supremo que modifica la supervisión en la seguridad y salud en el trabajo, buscando fortalecer su aplicación en los centros laborales y hacer más incidente la inspección de Sunafil con relación a estos casos y evitar futuros accidentes (ver tabla). 

Cambios 

La nueva norma determina que si un accidente laboral genera la muerte de un trabajador, la investigación realizada por Sunafil solo puede tomar 10 días hábiles, prorrogables 10 más si el caso lo amerita. Esto trae más urgencia a los casos, que hasta ahora podían extender su investigación hasta los 30 días hábiles. 
Por otro lado, se permite que pueda haber más de una inspección anual cuando se trata de temas de seguridad y salud en el trabajo, derechos fundamentales de los trabajadores y el registro de trabajadores en planilla.


Adicionalmente, señalan que cuando se dé un accidente laboral que resulte en la muerte del trabajador, además de publicar la resolución definitiva en la web se debe también publicar en un diario de circulación local, buscando generar conciencia social acerca del tema. 
Asimismo, la norma ha precisado que todas las capacitaciones con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben ser presenciales y no pueden hacerse vía web, como se permitía antes, buscando concientizar a los trabajadores sobre los riesgos que existen en su centro laboral de manera directa.
Junto a este cambio se ha dictado que las capacitaciones sean enfocadas en el ambiente laboral del trabajador, además de considerar su cargo, por lo que las capacitaciones se volverán más personalizadas. 

Prioridad 

Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, destacó que con este cambio normativo se da prioridad a la seguridad y salud en el trabajo y afirmó que es apropiado que se publiquen las resoluciones que sancionan a los infractores en diarios. 
Hoy las empresas le temen más a perder reputación que a una multa, y publicar una sentencia donde se las sanciona por la muerte de trabajadores sería una medida disuasiva que prevendría descuidos que culminen en muertes, anotó. 
No obstante, consideró que “faltan más sanciones” que traten de manera integral a empresas que causen la muerte de trabajadores, y planteó que podría prohibírseles contratar con el Estado por un plazo determinado o que se le revoque su estado como buen contribuyente. 

Por su parte, César Puntriano, socio del estudio Muñiz, expresó dudas acerca de la reducción de plazos para la investigación de accidentes a 10 días útiles. “Se estaría reduciendo el plazo a la tercera parte de lo que es hoy”, señaló, y dudó que se termine cumpliendo con este plazo ya que los recursos con los que cuenta la Sunafil son insuficientes.

Fuente: Diario Gestión (26.12.2019)


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