APRUEBAN NUEVO PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL RESOLUCIÓN Nº 002-2019-EF/30

Mediante RESOLUCIÓN Nº 002-2019-EF/30 del CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD, publicada hoy viernes 24 de mayo 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba el Plan Contable General Empresarial cuyo uso obligatorio para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año.
Así también se dispone la difusión del PCGE en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas



CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD

RESOLUCIÓN Nº 002-2019-EF/30

Lima, 16 de mayo de 2019
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución N° 041-2008-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó el Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 1 de enero de 2011 y aplicación optativa en el año 2010, asimismo a través de la Resolución N° 043-2010-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó la Versión Modificada del Plan Contable General Empresarial;
Que, el Plan Contable General Empresarial establece un procedimiento de actualización y vigencia, el mismo que es evaluado y actualizado periódicamente con organismos y/o profesionales de la contabilidad;
Que, conforme al inciso 2 del párrafo 6.2 del Decreto Legislativo N° 1438 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene la función de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas;
Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando precedente y en aplicación a lo señalado en el párrafo 14.5 del artículo 14 del precitado Decreto Legislativo, las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, efectúan el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos emitidos por el Consejo Normativo de Contabilidad; salvo el caso de las entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para las cuales, dicho organismo ha establecido normas específicas;
En uso de las atribuciones conferidas en el párrafo 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N°1438 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Contable General Empresarial, que forma parte de la presente Resolución, cuyo uso obligatorio para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones establece normas y procedimientos específicos del registro contable de sus entidades supervisadas.
Artículo 2.- Derogar el Plan Contable Empresarial aprobado mediante la Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N° 041-2008-EF/94 y su versión modificada con la Resolución 043-2010-EF/94 y todas aquellas disposiciones distintas a lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución o que limiten su aplicación.
Esta derogación se hará efectiva a partir de la entrada en vigencia del PCGE mencionado en el Artículo 1.
Artículo 3.- Disponer la difusión del PCGE en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, la difusión de lo dispuesto por la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR PAJUELO RAMÍREZ
Presidente
OSCAR ALFREDO DÍAZ BECERRA
Facultades de Ciencias Contables de las
Universidades del País
FREDY R. LLAQUE SÁNCHEZ
Superintendencia Nacional de Aduanas y
Administración Tributaria
MELINA MARTEL ORTIZ
Superintendencia de Mercados de Valores
GUILLERMO POWZEN REAÑO
Banco Central de Reserva del Perú
BLANCA S. GUILLERMO SERREPE
Instituto Nacional de Estadísticas e Informática
CARLOS RUIZ HILLPHA
Confederación Nacional de Instituciones
Empresariales Privadas
ÁNGEL R. SALAZAR FRISANCHO
Junta de Decanos de los Colegios de Contadores
Públicos del Perú
1772236-1
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