Directorios de empresas no siempre serán responsables de la elusión fiscal
Desde el 29 de marzo del
2019, los representantes legales, gerentes generales y directorios de las empresas deben ratificar o modificar los
actos que impliquen una elusión tributaria o planeamiento tributario agresivo para reducir el impacto fiscal, que se
realizaron desde el 19 de julio
del 2012 hasta antes del 14 de
setiembre del 2018.
En caso de no hacerlo podrían ser responsables solidarios de estas decisiones y responderán con su propio patrimonio (Gestión 14.02.2019).
Sin embargo, el tributarista Fernando Zuzunaga explicó que esta ratificación solo
comprende a la colaboración
en el diseño, aprobación y
ejecución de medidas para reducir agresivamente el pago
de impuestos, pero que sigan
produciendo efecto hasta la
fecha.
Los directorios no participan en todo tipo de decisiones
de la empresa, sino que están
restringidos a ciertos actos
regulados en la Ley General
de Sociedades en temas específicos como la aprobación de
fusiones y escisiones, revisar
aportes no dinerarios, entre
otros.
Zuzunaga indicó que “no
todo acto tiene que ser revisado por el directorio sino aquel
acto donde tenga atribución
exclusiva”.
Adicionalmente, el segundo filtro es que estos actos
continúen teniendo efecto,
por lo que se debe revisar
también el periodo, indicó.
Así, por ejemplo, el directorio sería responsable de la
aprobación de una depreciación que continúa teniendo
efecto. Pero no sería responsable de aquellos actos que
no tienen efecto a marzo del
2019.
Finalmente, se debe de
identificar si las decisiones que se tomaron corresponden a simulaciones, fraudes
o a planificaciones fiscales
legítimas.
La planificación fiscal es
legítima cuando frente a varias opciones legales se elige
la tributariamente más barata. Por ejemplo, si se elige
(en una operación de financiamiento) entre un arrendamiento financiero (alquiler de un bien que se deprecia) y un mutuo (préstamo),
eso no solo es permitido, sino que es un deber del buen
hombre de negocios, resaltó.
En el caso del gerente de
una empresa, este no podrá
excluirse de todo acto elusivo
que haya sido usado por la
empresa.
Cabe indicar que la responsabilidad solidaria también se aplicará en la aprobación de planeamientos futuros. Es decir, en la aprobación de la estrategia general
y en la planificación fiscal
específica.
Fuente: Diario Gestión

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