Cambios en la regulación del despido arbitrario enfrentan al MTPE con el MEF

Tal como adelantamos, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentó en el Consejo de Ministros la Polítcia Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP), planteando la necesidad de una modificación a la regulación del despido arbitrario (Gestión 20.11.2018). 



De acuerdo a la posición del MEF, el costo de la indemnización en el Perú, que equivale a un sueldo y medio por año laborado, es el más alto comparado con los países de la Alianza del Pacífico, si se considera además la posibilidad de la reposición producto de un fallo del Tribunal Constitucional (TC) en el año 2001. 

El TC fijó como criterio vinculante que frente a un despido arbitrario el trabajador tiene la posibilidad de la reposición en el trabajo. 

Según el MEF ello incrementó los costo laborales de despido, ya que el trabajador puede obtener el pago de la indemnización por despido, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), y también obtener la reposición. 



Esta situación, de acuerdo al MEF, constituye una muestra de la rigidez en el despido, que tiene un efecto opuesto a la productividad y el bienestar de los trabajadores. Los lineamientos que plantea apuntan a la necesidad de una adecuación del marco regulatorio laboral.

Sin embargo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se opuso a este enunciado del PNCP, asegurando que las reglas sobre la reposición frente al despido arbitrario deben mantenerse, revelaron fuentes del Ejecutivo a Gestión. 

Detallaron que el MTPE considera que el fallo del TC, calificado como precedente vinculante (obligatorio), no puede ser desconocido por ninguna autoridad. 



Finalmente, el MTPE señaló que estas reglas no pueden ser modificado por una ley, sino a través de una modificación de la Constitución o una variación del precedente vinculante del TC.

Sector Trabajo no logra visto bueno 

La nueva legislación del descanso vacacional dispuso la posibilidad de otorgar un descanso vacacional desde un día en el sector privado, quedando pendiente su reglamentación. 


Así, a pocos días de vencer el plazo para la emisión de esta norma, el Ministerio de Trabajo presentó un proyecto de reglamento a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para su aprobación, en el que precisó que en estos días no se incluirían, en ningún caso, sábados o domingos. Sin embargo, la PCM observó la norma por ir en contra de la ley. 

Fuente: Diario Gestión

Comentarios

Entradas populares de este blog

Cuentas Incobrables - Provisión y Castigo

Las últimas normas laborales y lo que viene este 2020

Plazo para instaurar comité contra hostigamiento sexual vence este 23