Multan con S/ 58 millones por inseguridad en lugar de trabajo
En lo que va del año, Sunafil
cerró 9,896 procedimientos
de inspección y sanción por
asuntos relacionados con seguridad y salud en el trabajo,
de los cuales 1,082 casos terminaron en resoluciones de
primera instancia, con la aplicación de multas por S/
40’487,156 a empresas infractoras, mientras que en segunda instancia hubo 403 resoluciones con sanciones pecuniarias por S/ 17’967,433.
Estas cifras (1,485 casos
sancionados, por más de S/ 58
millones), demuestran un incremento exponencial en la
cantidad de investigaciones
tratadas por Sunafil, pues en
el 2018 realizó 7,063 procedimientos de inspección, y en el
2017 ejecutó 4,932.
En tanto, luego de la reciente muerte de dos trabajadores
de un local de McDonald’s, el
Gobierno publicó esta semana
un decreto supremo que modifica la supervisión en la seguridad y salud en el trabajo,
buscando fortalecer su aplicación en los centros laborales y
hacer más incidente la inspección de Sunafil con relación a
estos casos y evitar futuros accidentes (ver tabla).
Cambios
La nueva norma determina
que si un accidente laboral genera la muerte de un trabajador, la investigación realizada
por Sunafil solo puede tomar
10 días hábiles, prorrogables 10 más si el caso lo amerita. Esto trae más urgencia a los casos, que hasta ahora podían
extender su investigación hasta los 30 días hábiles.
Por otro lado, se permite
que pueda haber más de una
inspección anual cuando se
trata de temas de seguridad y
salud en el trabajo, derechos
fundamentales de los trabajadores y el registro de trabajadores en planilla.
Adicionalmente, señalan
que cuando se dé un accidente
laboral que resulte en la muerte
del trabajador, además de publicar la resolución definitiva en
la web se debe también publicar
en un diario de circulación local, buscando generar conciencia social acerca del tema.
Asimismo, la norma ha precisado que todas las capacitaciones con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben ser presenciales y no pueden hacerse vía web, como se
permitía antes, buscando concientizar a los trabajadores sobre los riesgos que existen en
su centro laboral de manera
directa.
Junto a este cambio se ha
dictado que las capacitaciones
sean enfocadas en el ambiente
laboral del trabajador, además
de considerar su cargo, por lo
que las capacitaciones se volverán más personalizadas.
Prioridad
Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, destacó que con este cambio normativo se da prioridad a la seguridad y salud en el trabajo y
afirmó que es apropiado que
se publiquen las resoluciones
que sancionan a los infractores en diarios.
Hoy las empresas le temen
más a perder reputación que a
una multa, y publicar una sentencia donde se las sanciona
por la muerte de trabajadores
sería una medida disuasiva
que prevendría descuidos que
culminen en muertes, anotó.
No obstante, consideró que
“faltan más sanciones” que
traten de manera integral a
empresas que causen la muerte de trabajadores, y planteó
que podría prohibírseles contratar con el Estado por un plazo determinado o que se le revoque su estado como buen
contribuyente.
Por su parte, César Puntriano, socio del estudio Muñiz,
expresó dudas acerca de la reducción de plazos para la investigación de accidentes a 10
días útiles. “Se estaría reduciendo el plazo a la tercera parte de lo que es hoy”, señaló, y
dudó que se termine cumpliendo con este plazo ya que
los recursos con los que cuenta
la Sunafil son insuficientes.
Fuente: Diario Gestión (26.12.2019)


Comentarios
Publicar un comentario