Deuda tributaria por S/ 11,000 mlls. enfrenta al Gobierno con empresarios

El Gobierno y los empresarios tienen un nuevo enfrentamiento por el cobro de deudas tributarias, que llegarían a los S/ 11,000 millones. 



A mediados de setiembre del 2018, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo 1421, en el marco de las facultades delegadas por el Congreso de la República, que precisó los plazos de prescripción para las deudas tributarias. 

La norma en cuestión permite el cobro de deudas que debieron haber prescrito el 1 de enero del 2012. Y es que con la norma anterior, la Sunat contaba con cuatro años para determinar el monto de la deuda y para realizar el cobro de la misma. 



Es decir, si una empresa tuvo ganancias en el año 2007, debió haber declarado sus impuestos en el primer trimestre del 2008, y en caso de que no lo hubiese hecho de manera correcta, la Sunat tenía que determinar el monto de la deuda.

Si no determinaba la deuda el mismo año de la declaración, la Sunat tenía cuatro años más para hacerlo, pero en este plazo también corría el tiempo de prescripción. 



 En el ejemplo, la prescripción de la determinación de la deuda se iniciaba el 1 de enero del 2009 y debió prescribir el 1 de enero del 2012, siempre que la Sunat no notificase el monto liquidado. 

Ahora, con el Decreto Legislativo 1421, si una deuda no había sido determinada antes del 1 de enero del 2012, sí puede ser cobrada. 

Esto, porque se precisa que si estas deudas fueron notificadas luego del 28 de setiembre del 2012, el plazo de prescripción del cobro se computa a partir del día siguiente de notificado el monto determinado por la Sunat, con lo que se amplía por cuatro años más el periodo de cobro(ver gráfico). 



Actualmente, el decreto legislativo se encuentra en proceso de revisión en el Congreso en el grupo de control constitucional que preside el congresista Miguel Torres. Este grupo se reunió con representantes del sector empresarial y del Gobierno, quienes manifestaron sus posicione sobre la norma. 

La representante del Comité Tributario de Confiep, Lourdes Chau, afirmó que el decreto legislativo afecta la seguridad jurídica del país, pues cambia las reglas de juego en el caso de la prescripción, además de considerar la norma como un exceso en la legislación, pues esta materia no estaba dentro de las facultades otorgadas por el Congreso. 


Opinión similar es la que tiene el presidente de la Comisión Tributaria de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Sandro Fuentes, quien además cuestionó que esta norma se aplique con retroactividad (ver vinculada). 

Defensa del MEF El director de Política de Ingresos Públicos del MEF, Marco Camacho, defendió la norma y dijo que no afecta la seguridad jurídica, y que sí se da en el marco de la delegación de facultades. Sostuvo que si se deroga la norma, la Sunat no podría cobrar el equivalente de tres años de fiscalización.

Fuente: Diario Gestión

  

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