Deuda tributaria por S/ 11,000 mlls. enfrenta al Gobierno con empresarios
El Gobierno y los empresarios
tienen un nuevo enfrentamiento por el cobro de deudas
tributarias, que llegarían a los
S/ 11,000 millones.
A mediados de setiembre
del 2018, el Gobierno publicó
el Decreto Legislativo 1421, en
el marco de las facultades delegadas por el Congreso de la
República, que precisó los plazos de prescripción para las
deudas tributarias.
La norma en cuestión permite el cobro de deudas que debieron haber prescrito el 1 de enero del 2012. Y es que con la norma anterior, la Sunat contaba
con cuatro años para determinar el monto de la deuda y para
realizar el cobro de la misma.
Es decir, si una empresa tuvo ganancias en el año 2007,
debió haber declarado sus impuestos en el primer trimestre
del 2008, y en caso de que no
lo hubiese hecho de manera
correcta, la Sunat tenía que determinar el monto de la deuda.
Si no determinaba la deuda
el mismo año de la declaración, la Sunat tenía cuatro
años más para hacerlo, pero en
este plazo también corría el
tiempo de prescripción.
En el ejemplo, la prescripción de la determinación de la
deuda se iniciaba el 1 de enero
del 2009 y debió prescribir el
1 de enero del 2012, siempre
que la Sunat no notificase el
monto liquidado.
Ahora, con el Decreto Legislativo 1421, si una deuda no había sido determinada antes
del 1 de enero del 2012, sí puede ser cobrada.
Esto, porque se precisa que
si estas deudas fueron notificadas luego del 28 de setiembre del 2012, el plazo de prescripción del cobro se computa
a partir del día siguiente de notificado el monto determinado
por la Sunat, con lo que se amplía por cuatro años más el periodo de cobro(ver gráfico).
Actualmente, el decreto legislativo se encuentra en proceso
de revisión en el Congreso en
el grupo de control constitucional que preside el congresista Miguel Torres. Este grupo se reunió con representantes del sector empresarial y
del Gobierno, quienes manifestaron sus posicione sobre
la norma.
La representante del Comité Tributario de Confiep, Lourdes Chau, afirmó que el decreto legislativo afecta la seguridad jurídica del país, pues
cambia las reglas de juego en
el caso de la prescripción, además de considerar la norma
como un exceso en la legislación, pues esta materia no estaba dentro de las facultades
otorgadas por el Congreso.
Opinión similar es la que
tiene el presidente de la Comisión Tributaria de la Cámara
de Comercio de Lima (CCL),
Sandro Fuentes, quien además cuestionó que esta norma
se aplique con retroactividad
(ver vinculada).
Defensa del MEF
El director de Política de Ingresos Públicos del MEF, Marco Camacho, defendió la norma y dijo que no afecta la seguridad jurídica, y que sí se da en
el marco de la delegación de
facultades. Sostuvo que si se
deroga la norma, la Sunat no
podría cobrar el equivalente
de tres años de fiscalización.
Fuente: Diario Gestión

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