En Restaurantes y Otros: Verificarán giro del negocio para validar deducción del IR
A partir del 2019, los
contribuyentes podrán
deducir como gastos
adicionales para el pago
del Impuesto a la Renta
(IR) —que se regularizará
el 2020—, aquellos
consumos que realicen
en bares y restaurantes,
hasta el 15% del monto
de consumo, siempre que
se realice mediante comprobantes
electrónicos.
Para ello, la Sunat
anunció que para mayo
se prepara la implementación
de un aplicativo
que servirá para la deducción
automática del
IR por cada operación,
siempre que se realice
correctamente (Gestión
30.11.2018).
Por esa razón, en los
próximos días, la Sunat
iniciará una campaña de
verificación del objeto
social consignado en el
RUC con giro de negocio
para restaurantes y bares,
que deben corresponder
a esta actividad
principal, de acuerdo a
la Clasificación Industrial
Internacional
Uniforme (CIIU).
Y en el caso que no
coincida la actividad
principal registrada en
el RUC del proveedor,
el consumidor final no
podrá usar la deducción
para el pago del IR.
Fuente: Diario Gestión

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