En Restaurantes y Otros: Verificarán giro del negocio para validar deducción del IR

A partir del 2019, los contribuyentes podrán deducir como gastos adicionales para el pago del Impuesto a la Renta (IR) —que se regularizará el 2020—, aquellos consumos que realicen en bares y restaurantes, hasta el 15% del monto de consumo, siempre que se realice mediante comprobantes electrónicos. 


Para ello, la Sunat anunció que para mayo se prepara la implementación de un aplicativo que servirá para la deducción automática del IR por cada operación, siempre que se realice correctamente (Gestión 30.11.2018). 


Por esa razón, en los próximos días, la Sunat iniciará una campaña de verificación del objeto social consignado en el RUC con giro de negocio para restaurantes y bares, que deben corresponder a esta actividad principal, de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU). Y en el caso que no coincida la actividad principal registrada en el RUC del proveedor, el consumidor final no podrá usar la deducción para el pago del IR.

Fuente: Diario Gestión



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