Gobierno evalúa reducir deducciones de las empresas para el pago del IR

Tal como adelantamos, se encuentra en la mesa de discusión del Ministerio de Economía un proyecto para reducir los gastos de las empresas para determinar el pago del Impuesto a la Renta (IR) (Gestión 28.05.2018) 



Así, el Ejecutivo, a través de la delegación de facultades, harían cambios en las próximas semanas el limite al gasto deducible de las empresas que solicitan préstamos, fijando un tope a los intereses por endeudamiento entre empresas con o sin vinculación económica, que no podrá superar entre el 10% a 30% de la utilidad operativa. 

De esta manera, se buscará una regulación equivalente aestándares internacionales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). 

Actualmente, las deudas que toman las empresas, tienen como base de cálculo tres veces el capital de la que solicita el préstamo (subcapitalización). 

El objetivo de la modificación sería atacar operaciones encubiertas que tienen como fin generar escudos tributarios (operaciones no reales), opinó Álvaro Arbulú, socio de EY. 


“También se señala que es recomendable que este criterio se adopte con empresas no vinculadas a un tercero. Apenas salga la norma, tendrá un gran impacto en el sistema financiero”, acotó. 

Aspectos claves 

El tributarista Walker Villanueva opinó que se debe tener en cuenta la regulación de excepciones a los límites que se plantean (hasta el 30% de la utilidad operativa), ya que las empresas que realizan inversiones requieren de un apalancamiento financiero que puede ser superior a estos límites, la norma no debería afectar la estructura de capital, anotó. 

Por ejemplo, comentó, no debería aplicar los límites de la deducción de los intereses por financiamiento a las empresas que recién inician actividades o empresas de gran envergadura que requieren volúmenes de inversiones grandes, ya que no todo se hace con capital propio, dijo. 

Tampoco a los negocios tipo startup, que son emprendimientos que tienen como objetivo un negocio de crecimiento escalable rápido y fácil con el uso de tecnologías. 

Sin duda, el efecto será una mayor recaudación del IR de los contribuyentes que realizan estas operaciones, considerando como sectores que se verán afectados el de minería, industria e infraestructura, dijo (ver gráfico). 

Finalmente, señaló que debe existir una definición clara para el cálculo de la utilidad operativa, que es un problema que se generó en legislación comparada. 

Fuente: Diario Gestión (06/09/2018)


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