Gobierno evalúa reducir deducciones de las empresas para el pago del IR
Tal como adelantamos, se encuentra
en la mesa de discusión
del Ministerio de Economía
un proyecto para reducir
los gastos de las empresas para
determinar el pago del Impuesto
a la Renta (IR) (Gestión
28.05.2018)
Así, el Ejecutivo, a través de
la delegación de facultades,
harían cambios en las próximas
semanas el limite al gasto
deducible de las empresas
que solicitan préstamos, fijando
un tope a los intereses
por endeudamiento entre
empresas con o sin vinculación
económica, que no podrá
superar entre el 10% a
30% de la utilidad operativa.
De esta manera, se buscará
una regulación equivalente aestándares internacionales
de la Organización para la
Cooperación y Desarrollo
Económicos (OCDE).
Actualmente, las deudas
que toman las empresas,
tienen como base de cálculo
tres veces el capital de la
que solicita el préstamo
(subcapitalización).
El objetivo de la modificación
sería atacar operaciones
encubiertas que tienen como
fin generar escudos tributarios
(operaciones no reales),
opinó Álvaro Arbulú, socio
de EY.
“También se señala que es
recomendable que este criterio
se adopte con empresas no
vinculadas a un tercero. Apenas
salga la norma, tendrá un
gran impacto en el sistema financiero”,
acotó.
Aspectos claves
El tributarista Walker Villanueva
opinó que se debe tener
en cuenta la regulación de excepciones
a los límites que se
plantean (hasta el 30% de la
utilidad operativa), ya que las
empresas que realizan inversiones
requieren de un apalancamiento financiero que puede
ser superior a estos límites,
la norma no debería afectar la
estructura de capital, anotó.
Por ejemplo, comentó, no
debería aplicar los límites de
la deducción de los intereses
por financiamiento a las empresas
que recién inician actividades
o empresas de gran
envergadura que requieren
volúmenes de inversiones
grandes, ya que no todo se hace
con capital propio, dijo.
Tampoco a los negocios tipo
startup, que son emprendimientos
que tienen como objetivo un negocio de crecimiento
escalable rápido y fácil
con el uso de tecnologías.
Sin duda, el efecto será una
mayor recaudación del IR de
los contribuyentes que realizan
estas operaciones, considerando
como sectores que se
verán afectados el de minería,
industria e infraestructura,
dijo (ver gráfico).
Finalmente, señaló que debe
existir una definición clara
para el cálculo de la utilidad
operativa, que es un problema
que se generó en legislación
comparada.
Fuente: Diario Gestión (06/09/2018)

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