Sunat tiene nueva herramienta para fiscalizar incrementos patrimoniales

Tal como adelantamos, la Sunat publicó una resolución con la que obligará a los contribuyentes a revisar sus correos electrónicos, ya que el fisco podrá notificar por esta vía requerimiento de información o esquela de solicitud de información a contribuyentes, así como citaciones y cartas inductivas (Gestión 26.07.2018).

Al respecto, el tributarista José Verona comentó esta nueva herramienta para la fiscalización de la Sunat se concentraría en determinar incrementos patrimoniales no justificados. La Sunat, detalló, puede “cruzar lo declarado por el contribuyente y si tiene más patrimonio adquirido que sus ingresos evidenciará un incremento patrimonial no justificado. Y de esta manera, el fisco podría cobrar más del 50% del patrimonio obtenido sin declarar”. Verona estimó que nuestra economía tiene un 72% de informalidad tributaria, por lo que es presumible que en estos casos las compras de los contribuyentes, viajes y bienes, correspondan a ingresos no declarados. Por esa razón, la recaudación estimada del fisco sobre los contribuyentes que pudieron incrementar su patrimonio sin justificación sería del 50% de todo el patrimonio informal; es decir, S/ 230,000 millones en recaudación producto de casas, carros, propiedades, inmuebles, sin sustento de adquisición, agregó. 

Sinceramiento Tributario.

Cabe recordar que el Gobierno estableció un régimen temporal para el sinceramiento tributario que permitió, a los contribuyentes que se acogieron, el pago por Impuesto a la Renta con tasas 10% por rentas no declaradas hasta diciembre del 2015, y 7% en caso de repatriación de capitales de las rentas no declaradas. Sin embargo, el tributarista estimó que la mayoría de personas que se han acogido a este régimen lo han hecho parcialmente, debido a desinformación y a la fecha límite de acogimiento. Por esa razón, la fiscalización de la Sunat en el incremento patrimonial no justificado se concentraría en fiscalizaciones antes del 2011, y respecto a los años posteriores al 2015, dijo.
Acceso a contribuyentes 
Según información del fisco, detalló el tributarista, el 99% de contribuyentes en el Régimen General, Régimen Especial de Renta y Régimen Mype Tributario tienen correo electrónico y celular declarado en el RUC. Asimismo, la Sunat envía al 100% de notificados en el buzón de la Clave Sol, mensajes al correo y al celular. A julio del 2018, refirió Verona, en la Sunat hay 14,600 Principales Contribuyentes (Pricos) que pagan el 83.16% de la recaudación nacional; y más de 9.1 millones de contribuyentes son medianos y pequeños empresas. En los Pricos se tiene identificados al 100%, a través de e-mail y celulares, y a la fecha tienen más de 58 documentos que se les notifica electrónicamente, detalló.

Debe mejorar revisión de e-mail 

El tributarista Walker Villanueva recomendó que a los contribuyentes a revisar periódicamente sus correos electrónicos de la web de Sunat cada 15 o 30 días, para cumplir con los requerimientos del fisco. Por su parte, el especialista Jorge Picón indicó que un factor que debe ría considerar la Sunat es la falta de acceso de Internet a nivel nacional, por lo que las sanciones por vencimientos de los plazos en la notificación electrónica deberían ser graduales, iniciando con un rol orientador. 

Fuente Diario Gestión

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